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Actualizado: 27/03/2024
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Un juez anula la licencia de obras y de actividad del nuevo tanatorio de Carboneras (Almería)

Un juez anula la licencia de obras y de actividad del nuevo tanatorio de Carboneras (Almería)

Un juez ha anulado la licencia de obras y de actividad del nuevo tanatorio de Carboneras (Almería) al considerar que su concesión es «irregular» y no ajustada a derecho debido a que el inmueble se asienta en dos edificios distintos, cada uno con una licencia independiente, de forma que contraviene las normas de planeamiento de la localidad, que indican que la actividad de tanatorio debe realizarse en «un edificio de uso exclusivo».

Según recoge la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 3 de Almería, la actividad que se realiza en las dependencias ubicadas en los números 24 y 26 de la calle Principal excedería a la de velatorio solamente, por lo que, al estar catalogada como industrial la actividad de tanatorio, debe realizarse en un edificio sin más actividad que el previsto, según la normativa urbanística.

El fallo, señala la concesión de dos licencias que «en principio, serían independientes» pero que responden a una actividad de negocio «unitaria». Así, el juez Juan Santiago Rodríguez considera probado «de forma indubitativa» que con las dos licencias «obtenidas el mismo día» se ha puesto en funcionamiento un tanatorio «repartido en dos edificios colindantes».

En esta línea, observa que las dos licencias concedidas por el ayuntamiento en 2013 obedecen, por un lado, a la adaptación de un local en oficina administrativa, y por otro, a la adaptación de un local a sala de velatorio, pese a lo cual, el aspecto de las fachadas de los dos edificios «es idéntico» y «responden al mismo concepto arquitectónico», mientras que «la publicidad que se dio al establecimiento menciona unas dimensiones que serían coincidentes con la unión de ambos locales».

La sentencia abunda además en que ambos proyectos «de forma independiente, resultan contradictorios con el fin que persiguen las licencias» si bien cuando se combinan «evidencia la realidad coherente de lo que constituyen ambos locales» como es «que se trate de un tanatorio».

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